El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) recordó, a través de la directora departamental del INAU en Artigas, Andrea Díaz, que la organización de espectáculos públicos destinados a menores de edad debe ajustarse a la normativa vigente, la cual establece las condiciones de funcionamiento, los horarios permitidos y la documentación que deben presentar los organizadores para obtener la correspondiente habilitación.
Las declaraciones fueron realizadas tras conocerse un evento que, según confirmó el organismo, no contaba con la autorización correspondiente.
«Existe una reglamentación que indica toda la documentación que deben presentar las personas que desean organizar un espectáculo público y cuáles son las condiciones que deben cumplir», explicó el representante del INAU.
Consultado sobre la presencia de menores en este tipo de eventos luego de las 00:00 horas, fue categórico al señalar que la normativa no lo permite.
«No. La reglamentación establece claramente cuáles son los espectáculos habilitados para menores, diferenciando las edades y los horarios permitidos. No pueden participar en este tipo de actividades después de la medianoche», afirmó.
Asimismo, indicó que la normativa contempla diferentes franjas etarias —como menores de hasta 14 años y adolescentes de hasta 16 años—, estableciendo requisitos específicos para cada caso.
«Además del horario, también se exigen determinadas condiciones que debe reunir el local donde se realiza el evento», agregó.
Desde el organismo recordaron que toda la información puede ser consultada por la ciudadanía a través de la página oficial del INAU.
«Cualquier persona interesada puede descargar la reglamentación desde la página del INAU y conocer cuáles son los requisitos vigentes», señaló.
También destacó el rol que cumple la inspectora de Espectáculos Públicos del departamento, cuya tarea no se limita al control, sino que incluye acciones de prevención y asesoramiento para quienes deseen organizar este tipo de actividades.
«Una de sus funciones es justamente orientar a la sociedad y a los organizadores para que los eventos se desarrollen dentro del marco legal», expresó.
Consultado específicamente sobre el caso que motivó la intervención, el representante confirmó que la actividad no había sido autorizada por el INAU.
«En este caso no existía autorización», afirmó.
Agregó que aquellos locales que cumplen con todas las exigencias establecidas por la normativa pueden obtener la habilitación correspondiente para desarrollar eventos destinados a menores.
Respecto a las posibles consecuencias para los responsables del evento, explicó que actualmente se encuentra en marcha el procedimiento inspectivo.
«Ahora corresponde que la inspección realice todas las actuaciones previstas. En función de lo que se constate durante ese proceso se determinarán las sanciones correspondientes, que generalmente son de carácter económico», indicó.
Finalmente, explicó que los controles son llevados adelante por la inspectora departamental de Espectáculos Públicos en coordinación con la Dirección de Espectáculos Públicos del INAU y el Ministerio del Interior.
Según señaló, muchas inspecciones se realizan a partir de la comunicación previa de los organizadores cuando anuncian eventos de gran concurrencia. Sin embargo, también existen operativos planificados para verificar el cumplimiento de la normativa en distintos puntos del departamento.
«La planificación de las inspecciones se realiza de forma periódica. Se coordinan días y lugares junto con la Dirección de Espectáculos Públicos y el Ministerio del Interior, tanto para controlar locales bailables como otros espectáculos públicos donde se registra una importante concentración de personas», concluyó.
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